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El Tribunal de Apelación Revocó el Sobreseimiento Parcial a Gerardo Sosa Castelán. Enfrentará Cargos Por Lavado de Dinero y Delincuencia Organizada

El Tribunal de Apelación Revocó el Sobreseimiento Parcial a Gerardo Sosa Castelán. Enfrentará Cargos Por Lavado de Dinero y Delincuencia Organizada

*El Exrector de la UAEH, vuelve a prisión domiciliaria con todas las consecuencias legales del caso

*El tribunal determinó que deben mantenerse vigentes las medidas cautelares impuestas previamente a Gerardo Sosa, incluyendo el resguardo domiciliario.

Pachuca, Hgo., 3 de Abril 2025.- El caso judicial contra Gerardo Sosa Castelán, exrector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), vuelve a los cauces legales. El Segundo Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito del Estado de México resolvió dejar sin efecto el sobreseimiento parcial que lo favorecía, con lo que el proceso penal en su contra por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita deberá continuar.

Esta medida deja vigente cualquier orden de aprehensión, reaprehensión, presentación y comparecencia girada en contra del ex rector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH).

El 27 de marzo los magistrados integrantes del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito del Estado de México: Rodolfo Martínez Abarca, Fernando Córdova del Valle y Betsabé Canseco Sosa, por unanimidad resolvieron anular la resolución emitida por el juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México con residencia en Almoloya de Juárez.

En la resolución que fue anulada, el juez de distrito había sobreseído de manera parcial la causa penal a favor de Gerardo S.C., en la que se le señala de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.

De acuerdo con los magistrados del Tribunal Colegiado de Apelación, la solicitud de sobreseimiento era notoriamente improcedente, por lo que le solicitan que precise que carece de facultades para conocer del planteamiento.

Asimismo, los magistrados determinaron que la solicitud que fue presentada por el abogado Roberto Rodríguez Gaona ante el juez de distrito resultaba improcedente, pues dicha autoridad resulta incompetente; es decir, el planteamiento debió realizarse ante el Tribunal de Enjuiciamiento y no ante el juez de control; advirtiendo el tribunal una evidente ineptitud.

El Tribunal Colegiado de Apelación determinó que las cosas se mantengan en el estado en el que se encontraban hasta antes del sobreseimiento y ordenó que se remita la causa penal ante el Tribunal del Enjuiciamiento y se continúe con el trámite de juicio.

En lo que hacen las medidas cautelares para Gerardo S. C., se ordenó que deberán continuar las que estaban vigentes hasta antes del sobreseimiento, es decir, el resguardo en su propio domicilio, será a finados de este mes que tenga que comparecer Gerardo Sosa al juzgado del Altiplano para que la autoridad le notifique en persona otras medidas apremiantes.

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